Principios

Una nueva forma más clara, más transparente, y más cercana de gestionar y administrar inmuebles.



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lunes, 9 de febrero de 2015

La Contabilidad y el Administrador.



En FincasJerez siempre hemos creído que la finalidad de la contabilidad es suministrar información que resulte útil a los propietarios para la toma de decisiones, tanto para controlar la labor del administrador en el pasado, cuando presenta cuentas, como para realizar estimaciones sobre el futuro, cuando presenta el presupuesto,  dotando a tales decisiones de racionalidad y eficiencia.

Si partimos de la base de que la contabilidad es un "idioma" que refleja la situación financiera de la comunidad de propietarios, podemos diferenciar dos tipos de Administradores, los que hablan claro, y los que no les entiende ni un catedrático en economía. Y esto es porque hay buenos administradores que presentan las cuentas claras con el fin de ser útiles a la comunidad de la que son secretarios en la mayoría de los casos, y administradores que no les interesa ser ni claros ni transparentes.
Desde FincasJerez solo podemos darles un consejo; si su administrador no presenta una contabilidad clara, transparente y que se entienda, busque otro. 

lunes, 3 de junio de 2013

Certificados Energéticos del Edificio.

Desde FincasJerez estamos trabajando para conseguir descuentos del 50% para los propietarios de las viviendas de nuestra provincia, que necesiten tener un Certificado de Eficiencia Energética, bien para vender o alquilar su vivienda. FincasJerez recomienda el Certificado Energético del edificio completo. Hacerlo así  será más económico para cada propietario al hacerlo de todo el edificio, que realizarlo vivienda por vivienda. Para ello es necesario que el Administrador sea diligente y consiga el mejor precio para la propiedad.

jueves, 7 de febrero de 2013

El Registro de la Propiedad. Garante de la Seguridad Jurídica.


En ocasiones, las Comunidades de Propietarios, se encuentran con documentos privados que recogen acuerdos entre particulares y que afectan a la Comunidad. Es el caso de las compraventas de viviendas. A veces, nos encontramos con compraventas realizadas ante Notario pero no registradas en el Registro de la Propiedad. En ellas se puede estipular por ejemplo que el vendedor se hará cargo de la deuda que existe con la Comunidad de Propietarios vinculada al bien vendido. Pues bien, en puridad el acuerdo entre ambas personas, vendedor y comprador, no es vinculante para la Comunidad de Propietarios. Es frecuente, que la ciudadanía, crea que el solemnizar un acuerdo ante notario es suficiente para la plena validez ante terceros de un acuerdo. Pero la garantía de que un acuerdo es valido no la da la Notaria, sino el Registro. Como se recoge en la pagina web de Registradores de España, "al frente de cada Registro hay un Registrador, que es a la vez funcionario público y profesional del Derecho, y que tiene la misión de controlar la legalidad de los documentos autorizados por los Notarios, expedidos por los Jueces y las autoridades administrativas o suscritos por los particulares.
Sólo si el documento es plenamente válido puede inscribirse, y quedar con ello garantizado el derecho adquirido."
Por eso no lo dude, si firma cualquier acuerdo que afecte a su vivienda, compra venta, o alquiler, registrelo en el Registro de la Propiedad que le corresponda.