El 28 de marzo del 2011, el Tribunal Supremo, ha dictado una Sentencia que sienta Jurisprudencia.
Las hipotecas se consideran una carga de la Sociedad de Gananciales y no una carga del matrimonio. Esta nueva consideración, hace que ambos cónyuges deban pagar la hipoteca a partes iguales. El razonamiento del Alto Tribunal es claro, si el bien es propiedad al 50% el medio por el que se financio su adquisición debe ser compartido al 50%. Gracias a esta sentencia se unifica el criteriod e todos los tribunales de España.
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